Sumario: Se hace lugar a la demanda por nulidad de contrato promovida por el consumidor, en tanto la empresa demandada incumplió el deber de información principal en toda relación de consumo, pues fue engañado en relación con el modo en que se devolvería el capital apartado en caso de manifestar su voluntad rescisoria. Asimismo, se confirma el monto en concepto de daño punitivo fijado en perjuicio de la demandada.
Partes: Chavarría, Jonatan Germán c/Autocrédito SA de capitalización s/nulidad de contrato. Cám. Civ. y Com. Mar del Plata, Sala II