Sumario: Las sociedades anónimas simplificadas que pretendan inscribirse deben pasar por el control de legalidad de la Inspección General de Personas Jurídicas de Santa Fe.

Sumarios:
Una interpretación que otorgue competencia al Registro Público para inscribir una sociedad anónima simplificada y expela a la I.G.P.J., lleva a que la sociedad en cuestión esté incursa en un supuesto de sociedad anómala o residual.
La ley 22.315 que se refiere a las sociedades anónimas, debe aplicarse también para las sociedades anónimas simplificadas.
Las provincias preexisten a la Nación en el orden jurídico, de ahí que ésta sólo pueda ejercer las atribuciones delegadas.
Si bien los dictámenes de los organismos de control no son vinculantes para los jueces, lo cierto es que cuando poseen un alto grado de solidez jurídica y argumental, no puede ser dejado de lado sin un serio desmedro al orden constitucional.

Fallo: Los Kaiser S.A.S. s/ Constitución de Sociedad. Cámara en lo Civil, Comercial y Laboral de Venado Tuerto