Sumario: Procedencia de una indemnización agravada, debido a la deficiente registración de la relación de trabajo.
Sumarios:
La indemnización agravada prevista en el art. 1 de la ley 25.323 es procedente, si se verifica una relación laboral deficientemente registrada al momento de su extinción y la falta de pago íntegro y temporáneo por parte de la empleadora de las indemnizaciones emergentes de un despido incausado, obligando al trabajador a litigar.
El art. 55 de la Ley de Contrato de Trabajo implica que, requerido el empleador, la falta de exhibición de la documentación hace tener por ciertas las afirmaciones del trabajador en cuanto a aquellos extremos que debían constar en tales documentos.
Fallo: Coman, Jesús Damián c/ Multifert S.A. s/ Sent. Cobro de pesos - Rubros laborales