Sumario: Se hace lugar a la oposición respecto de la procedencia de todos los conceptos laborales, con la salvedad de la diferencia sobre la indemnización por antigüedad.
SUMARIOS:
Corresponde descalificar la oposición de la demandada respecto de que las diferencias en la liquidación de rubros laborales merecen el trámite ordinario en tanto, así, se dejaría librada la viabilidad del procedimiento declarativo con trámite abreviado al mero arbitrio -e indebido beneficio- del potencial deudor que siempre podría valerse de cualquier discrepancia normativa para impedir la procedencia de demandas por este carril.
Las cuestiones puramente aritméticas relativas a la cuantificación del crédito no autorizan a oponerse al procedimiento abreviado y serán diferidas a la etapa de ejecución.
No puede atenderse la oposición subsidiaria enderezada a descalificar a enero de 2016 como la mejor remuneración mensual, normal y habitual devengada, desde que la patronal siquiera postula cuál debería haber sido el mes a utilizar como módulo en su lugar.
Partes: CAÑÓN, FEDERICO MIGUEL C/ COMPUMUNDO SA S/ PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS EN GENERAL
Juzg. Lab. Rosario 10ª Nom.