Sumario: Ante la falta de demostración de cuestiones de naturaleza federal, se deniega la concesión del recurso extraordinario para ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
SUMARIOS:
El memorial recursivo no cumple con los recaudos establecidos en el artículo 3, incisos "b", "d" y "e" del reglamento aprobado por la Acordada 4/2007 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Es que la recurrente no suministra un relato claro, preciso y suficiente de todas las circunstancias relevantes del caso relacionadas con las cuestiones que se invocan como de naturaleza federal, omitiendo brindar una visión completa de los puntos esenciales de modo de poder comprender con certeza y sin necesidad de acudir a los autos principales, la esencia de la litis, su desarrollo y resolución.
La impugnante no efectúa una crítica prolija y razonada de la sentencia atacada, refutando todas y cada una de las motivaciones enunciadas el Tribunal, ni demuestra que medie una relación directa e inmediata de las normas federales invocadas y lo debatido y resuelto en el caso, y que la decisión impugnada sea contraria al derecho federal invocado.
La compareciente se limita a reiterar los cuestionamientos efectuados en el recurso extraordinario local, tratando de imponer su propia postura en cuanto a la solución que correspondería al caso, más sin aportar argumentos eficaces para demostrar el Tribunal superior provincial hubiese desestimado la queja por denegación del recurso de inconstitucionalidad sin brindar razones jurídicas suficientes, de modo arbitrario o lesivo de derechos constitucionales.
Partes: JOEL, TOMAS MAURO c/ FANELACTEO S.A. -RECURSO DE QUEJA- s/ QUEJA POR DENEGACION DEL RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD (RECURSO EXTRAORDINARIO PARA ANTE LA C.S.J.N.)
Corte Suprema de Justicia de Santa Fe