Sumario: Se rechaza una oposición al juicio laboral abreviado porque se discuten los salarios adeudados durante el período de reserva del puesto de trabajo.

SUMARIOS:
La procedencia de la demanda por el trámite abreviado surge derechamente de la propia oposición que reconoce la antigüedad superior a 5 años del trabajador —sin discutir ni el encuadre convencional ni la remuneración afirmadas— al mismo tiempo que detalla la acumulación de las más diversas licencias por enfermedad inculpable en el período de casi 6 años. En menos palabras, pretende fundamentar la inexistencia del crédito laboral en la acumulación indiscriminada de 194 días pagados a causa de 7 licencias distintas.
Si de la misma Junta Médica ante el Ministerio de Trabajo provincial surge que el trabajador estuvo de licencia por la operación de la pierna izquierda entre el 4/02/2019 al 25/11/2019, queda claro que no insumió el año de licencia paga y que los meses demandados están impagos.

Partes: GIUPPONI, GUSTAVO EMANUEL C/ LISI LENCI SRL S/ PROCEDIMIENTOS ABREVIADOS EN GENERAL