Sumario: El art. 259 del Cód. Civil -que no contempla la legitimación activa de la madre en la acción de desconocimiento de la paternidad- satisface el juicio de compatibilidad constitucional, pues no trans-grede ningún derecho fundamental, sino que plasma una reglamentación posible de los valores en tensión, en concordancia con los derechos y garantías de jerarquía constitucional. Tanto más, teniendo presente que tal negación de facultades impugnativas de la madre no produce efectos definitivos sobre la filiación, ya que dicha acción queda abierta al principal interesado, que es el hijo.
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