Sumario: Corresponde entender en la causa el juzgado provincial en el que se originó el presente incidente puesto que de las constancias del mismo resulta que la maniobra defraudatoria- copia de datos para confeccionar tarjetas de crédito mellizas, a raíz de lo cual los titulares de las mismas desconocieron operaciones de compra realizadas en distintos comercios de la ciudad y del territorio bonaerense, que habían sido incluidas en sus resúmenes de cuenta mensual- tuvo principio de ejecución en la provincia, con el despliegue engañoso dirigido a la obtención de dichos datos.

Partes: Quiroga, Valeria Analía s/ denuncia

Fallo: Buenos Aires, 23 de junio de 2011
Autos y Vistos; Considerando:
Que al caso resulta aplicable, en lo pertinente, lo resuelto por este Tribunal en la Competencia Nº 1249.XLI “López, Santiago Alberto s/ delito de acción pública”, sentencia del 20 de diciembre de 2005, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse en razón de brevedad.
Por ello y de conformidad con lo dictaminado por el señor Procurador Fiscal, se declara que deberá entender en la causa en la que se originó el presente incidente, el Juzgado de Garantías nº 2 del Departamento Judicial San Martín, provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. Agréguese copia del mencionado precedente y del correspondiente dictamen. Hágase saber al Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción 41.

RICARDO LUIS LORENZETTI - ELENA I. HIGHTON de NOLASCO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - JUAN CARLOS MAQUEDA - E. RAÚL ZAFFARONI. ES COPIA