JJuris7352
Dos diputados nacionales, quienes también invocaron su calidad de ciudadanos y representantes del pueblo, promovieron acción de amparo a fin de obtener la nulidad del proceso preconstituyente que concluyó con la sanción de la ley 24.309 -que autorizó al Poder Ejecutivo a convocar al pueblo para elegir convencionales constituyentes-, por haberse transgredido -según manifiestan- el proceso de sanción de las leyes. Ante el rechazo del amparo en las instancias anteriores se interpuso recurso extraordinario federal. La Corte Suprema de Justicia de la Nación, por mayoría, declaró la improcedencia del remedio federal.
-La condición de ciudadano no es apta en el orden federal para autorizar la intervención de los jueces a fin de ejercer su jurisdicción, por cuanto dicho carácter es de una generalidad tal que no permite tener por configurado el interés concreto, inmediato
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JJuris7350
DERECHO A LA SALUD. AMPARO. COBERTURA DEL SUMINISTRO Y COLOCACIÓN DE AMPOLLAS DE TOXINA BOTULÍNICA TIPO A (BOTOX) CON FINES TERAPÉUTICOS. TRATAMIENTO DE PARAPLEJÍA EPÁSTICA. PACIENTE CON ESCLEROSIS MÚLTIPLE. INAPLICABILIDAD DEL TÉRMINO DE CADUCIDAD DEL ART 2 LEY 10456. PRESTACIONES MÉDICAS PERIÓDICAS. LEY DE MEDICINA PREPAGA. ART 7 LEY 26682. COBERTURA MÍNIMA DEL PMO. PRESTACIONES BÁSICAS PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD. LEY 24091. CONTRATO DE ADHESIÓN. CLÁUSULAS PREDISPUESTAS. CONTRATO DE CONSUMO. APLICACIÓN DE LA LEY 24240. INTERPRETACIÓN MÁS FAVORABLE AL CONSUMIDOR. ART 3 Y 37. OMISIÓN QUE LESIONA EL DERECHO A LA SALUD. ART 43 CN Y 17 CP.
1. Comparece la actora, por medio de apoderada, e interpone acción de amparo, tendiente a que se condene al Instituto Médico Quirúrgico Sanatorio Plaza S.A. a la cobertura del suministro y la colocación de “ampollas de toxina botulínica tipo A (botox)” indicadas por su médico tratante con fines terapéuticos,
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JJuris7349
Falsificación de instrumentos públicos. Pericia.
Confirma el procesamiento de una perito oficial por considerarla partícipe necesaria del delito de falsificación de documento público (arts. 45 y 292 del Código Penal). Señala que la pericia encomendada es un documento público por la esfera en que se produce y por el sujeto u
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JJuris7348
CONTRATO DE TRABAJO. Despido. Causales. Prueba. Testigos. Idoneidad. Valoración judicial. Tachas. Despido. Validez. Requisitos. Contemporaneidad entre la presunta falta y la sanción.
La valoración de la idoneidad es atribución del Juzgador quien tiene la amplitud de apreciación que le corresponde según el sistema de la sana crítica, siendo facultad de las partes puntualizar los elementos de juicio que acrecen o reducen la eficacia probatoria. Se debe apreciar el
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JJuris7347
CONTRATO DE TRABAJO. Despido. Notificación. Principios laborales. Buena fe. Resarcimiento por despido. Base salarial. Art. 245 L.C.T. Alcance.
La ruptura del contrato de trabajo fue decidido por la empleadora, el que comunicó mediante CD de fecha 29.06.07. La empleadora notifica mediante TCL de fecha 28.06.07 la prescindencia de los servicios de V., en los siguientes términos: "prescindimos de sus servicios a
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JJuris7346
ROBO. Sentencia. Nulidad. Obligación judicial de conocimiento personal previo a la individualización de la pena. Falta de realización de la audiencia de visu prevista en el art. 41 del CP. Sentencia. Nulidad.
En autos se planteó como primera cuestión la nulidad de la sentencia en base a que no se ha cumplido con el requisito de tomar la audiencia de visu personal por el juez antes de sentenciar, como lo dispone el art. 41 del Código Penal. En
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JJuris7345
CONTRATO DE TRABAJO. Despido. Despido con causa. Prueba. Facultades del empleador. Ius variandi. Límites del ius variandi.
La actora es empleada de B. S.R.L., que prestó servicios en dependencias del consorcio y que los mismos consistían en servicios de limpieza, encuadrándose la relación laboral dentro del CCT 130/75.- Sabido es que a quien decide la ruptura con causa de un contrato de
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JJuris7344
HOMICIDIO. Eximentes penales. Legítima defensa.
No puede hablarse en autos e una legítima defensa prevista por el art. 34 inc.6º del CP. No obstante, todos los ingredientes enunciados precedentemente podrían alentar la apariencia de una legítima defensa putativa. Pero en este punto MEDIA un obstáculo infranqueable: No hay una
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JJuris7343
ABIGEATO. Abigeato agravado. Configuración.
Se probabiliza la intervención del imputado en la sustracción -que puede haber sido coautoría con otros ignotos acompañantes- en el hecho de que varios de los elementos sustraídos, identificados como tales ,fueran secuestrados en la casa que el imputado denuncia como su propio domicilio tanto
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JJuris7342
CONTRATO DE TRABAJO. Despido. Falta de presentación en horario habitual a retomar las tareas. Dolencias. Notificación. Facultad de controlar por un médico designado por el empleador las dolencias denunciadas por el trabajador. Prueba. Carga de la prueba. Principios laborales. Principio de buena fe. Preservación del contrato de trabajo. Abandono-incumplimiento. Configuración.
En autos, el actor sufrió un esguince de tobillo , el que fue notificado fehacientemente a su empleadora, presentando los correspondientes certificados médicos, comenzando así su licencia por enfermedad.- Se detectó un descuento por días no trabajados en su remuneración del mes de marzo de 2006 por
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JJuris7341
CONTRATO DE TRABAJO. Extinción. Abandono de trabajo. Requisitos. Plazo. Animus.
El artículo 244 del régimen de contrato de trabajo regula una particular forma de extinción del contrato de trabajo, dentro del Capítulo IV del Título XII de las extinciones causadas y justificadas, que denomina abandono de trabajo y que la doctrina y la jurisprudencia nacional, en forma unánime, denominaron
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JJuris7340
OBRAS DE ARTE - DAÑOS Y PERJUICIOS - COBRO DE SUMAS DE DINERO -INDEMNIZACIÓN - DETERMINACIÓN DEL MONTO INDEMNIZABLE - DAÑO MORAL - SUBASTA - MARTILLEROS - RESPONSABILIDAD CONTRACTUAL - RESPONSABILIDAD SOLIDARIA - COSTAS
1.-Cabe atribuir responsabilidad a la sociedad demandada y al martillero por la frustración de la subasta privada de una obra de arte. El capítulo VI de la ley 20266 determina las obligaciones que se encuentran a cargo del martillero. Más precisamente en el inciso i) del artículo 9 de dicha
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JJuris7339
CONCURSOS Y QUIEBRAS - QUIEBRA - CONCURSO ESPECIAL - SUBASTA JUDICIAL - ADQUIRENTE JUDICIAL - FONDOS DE LA QUIEBRA - DISTRIBUCIÓN DE FONDOS DE LA QUIEBRA - GASTOS DE LA QUIEBRA - IMPUESTOS, TASAS Y CONTRIBUCIONES PROVINCIALES - IMPUESTO DE SELLOS - RESPONSABLES TRIBUTARIOS - HECHO IMPONIBLE
1.-No puede atribuirse o imputarse más que a la fallida la existencia de un gravamen hipotecario y de medidas cautelares y, por lo tanto, los gastos necesarios para inscribir en el registro de la propiedad inmueble el título, entre los que están incluidos los que genere
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JJuris7338
DAÑOS Y PERJUICIOS - SUBASTA JUDICIAL - SUSPENSIÓN DE LA SUBASTA. MARTILLEROS. INDEMNIZACION
1.-Corresponde modificar la sentencia de primera instancia y en consecuencia hacer lugar a la demanda presentada por el actor en virtud de los daños y perjuicios sufridos como producto de la nulidad de la subasta decretada en un procedimiento de ejecución hipotecaria en
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JJuris7337
DAÑOS Y PERJUICIOS - RESPONSABILIDAD PROFESIONAL - LETRADO PATROCINANTE. RESPONSABILIDAD DEL ABOGADO - PAGO - SUBASTA - RETENCIÓN INDEBIDA - DAÑO MORAL - EJECUCIÓN HIPOTECARIA - PÉRDIDA DE LA CHANCE
1.-Corresponde hacer lugar a la demanda interpuesta por la actora contra su abogado, quien, en su carácter de letrado patrocinante, se apropiara de una cantidad de dinero que le había sido entregada a los efectos de efectuar el pago en una acción ejecutiva donde se subastaba el
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JJuris7336
DERECHO PENAL. ROBO CALIFICADO POR EL USO DE ARMA DE FUEGO NO APTA PARA EL DISPARO EN CONCURSO REAL CON ROBO. ARTS 166 INC 2 TERCER PÁRRAFO, 164, 45 Y 55 DEL CÓDIGO PENAL. EXPRESIÓN DE AGRAVIOS. REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIRSE. CRÍTICA RAZONADA DE LAS PARTES DEL FALLO QUE SE CONSIDERAN EQUIVOCADAS. REDUCCIÓN DE LA PENA IMPUESTA. IMPRESIÓN FAVORABLE DEL IMPUTADO. INEXISTENCIA DE ANTECEDENTES CONDENATORIOS POSTERIORES. CUMPLIMIENTO EFECTIVO DE LA PENA. LIBERTAD CONDICIONAL. ART 13 CP. LIBERTAD HASTA SU TRATAMIENTO POR EL TRIBUNAL DE EJECUCIÓN.
1. El señor Juez en lo Penal de Sentencia nº 3 de Rosario, condena en su punto 1) a N. H. F. P. como autor penalmente responsable de los delitos de Robo calificado por el uso de arma de
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JJuris7335
DERECHO AMBIENTAL. USO DE GLIFOSATO. TOXICIDAD. MARCA ROUNDUP. NECESIDAD DE MAYOR INVESTIGACIÓN SOBRE EL IMPACTO EN LA SALUD DE LOS SERES HUMANOS. NECESIDAD DE ESTUDIOS LOCALES. PERTURBADOR ENDÓCRINO. EFECTOS EN LOS ECOSISTEMAS. RELACIÓN CON LAS PATOLOGÍAS. APLICACIÓN DEL PRINCIPIO PRECAUTORIO. CONTINUACIÓN DE LA PROHIBICIÓN. AMENAZA INMINENTE. INCERTIDUMBRE. PELIGRO PARA LA SALUD Y EL AMBIENTE. FALTA DE CERTEZA CIENTÍFICA. DERECHO DE PROPIEDAD Y MEDIO AMBIENTE. PRESERVACIÓN DEL BIEN COLECTIVO. CUMPLIMIENTO DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL. REDUCCIÓN DE LA PROHIBICIÓN TERRESTRE A 500 METROS. INFORME ANUAL DE LA AUTORIDAD DE APLICACIÓN SOBRE LA TOXICIDAD DEL GLIFOSATO. AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LAS AFECCIONES.
1. Del informe rendido por los expertos de la U.N.L surge: a) que el glifosato no es inocuo por presentar toxicidad y que los productos formulados de glifosato que contienen POEA son más tóxicos que otras formulaciones (el POEA está presente en la marca ROUNDUP); b) que se hace ...
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JJuris7334
RECURSO DE ACLARATORIA. PROTECCIÓN DE LA SALUD Y MEDIO AMBIENTE. PROHIBICIÓN DE FUMIGAR EN CAMPOS CON AGROQUÍMICOS. MARCA RONDUP. FITOSANITARIOS O PLAGUICIDAS QUE CONTIENEN EL HERBICIDA GLIFOSATO.
1. Corresponde admitir el recurso de aclaratoria; lo perseguido con esta acción fue la prohibición de fumigar en los campos que en el mismo se individualizan, con agroquímicos, mencionándose entre este tipo de productos, el Roundup (mezcla de glifosato con el POEA); de allí que dispuesta tal prohibición en
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JJuris7333
CONCURSOS Y QUIEBRAS. LEY 24522. PLANTEO DE PERENCIÓN. CARGA DEL EMPLAZAMIENTO DEL DEMANDADO. COMPARECER. TÉRMINO PARA OPONER LAS EXCEPCIONES DILATORIAS Y DEFENSAS. NOTIFICACIÓN DEL TRASLADO PARA CONTESTAR LA DEMANDA. MEDIDAS PRECAUTORIAS. NO INTERRUPCIÓN DE LA CADUCIDAD DE INSTANCIA. CUESTIONES INCIDENTALES. CONTINGENCIAS PROCESALES DICTADAS INAUDITA PARTE. OBTENCIÓN DEL SÍNDICO DE LA MAYORÍA SIMPLE DEL CAPITAL VERIFICADO Y ADMITIDO PARA LA PROMOCIÓN DE LA ACCIÓN DE INEFICACIA. RECAUDO DE ADMISIBILIDAD FORMAL. POSIBILIDAD DE RECHAZO IN LIMINE. IMPOSIBILIDAD DE REVOCACIÓN DEL ACTO INDIVIDUAL DE CADA UNO DE LOS ACREEDORES UNA VEZ REUNIDA LA MAYORÍA LEGAL.
1. El agravio vinculado con la extemporaneidad del planteo de perención no resulta atendible toda vez que el emplazamiento del demandado no genera para el citado otra carga más que la de comparecer, por lo que el término para oponer las excepciones dilatorias y defensas debe
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JJuris7332
AMPARO. IMPROCEDENCIA. NECESIDAD DE UN PROCESO CON MAYOR AMPLITUD DE DEBATE Y PRUEBA. VÍA ORDINARIA. DERECHO A LA SALUD. REVISIÓN O MODIFICACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL. SUSPENSIÓN DE LA COBERTURA MÉDICA POR FALTA DE PAGO. MATERIA NO SUSCEPTIBLE DE PLANTEARSE POR LA VÍA DE AMPARO. EXCEPCIONALIDAD. RECLAMO QUE NO PUEDA SATISFACERSE POR OTRA VÍA. PRUEBA POR EL AMPARISTA QUE EL AMPARO ES EL ÚNICO MEDIO PARA TUTELAR SU DERECHO.
1. Debe rechazarse la apelación; resulta improcedente debatir en el estrecho marco del amparo aquellas pretensiones que por su complejidad y la necesidad de producir pruebas justifican que tales planteos se efectúen en un proceso con mayor amplitud de debate y prueba, como lo es
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JJuris7331
DERECHO PENAL. DELITO. DEFRAUDACIÓN. SENTENCIA CONDENATORIA APELADA. PRUEBAS SERIAS GRAVES Y VEROSÍMILES DE QUE LA VÍCTIMA FUE DEFRAUDADA. ENGAÑO. FIRMA DE ESCRITURA TRASLATIVA DE DOMINIO. VULNERABILIDAD DE LA VÍCTIMA. CONNIVENCIA DE LOS IMPUTADOS.
1. Corresponde confirmar la sentencia apelada en virtud de que la profusa constelación de probanzas del caso muestran, que la víctima presentaba al día del hecho un cuadro de alta vulnerabilidad (tenía 84 años, estaba sola, era analfabeta y tenía gran
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JJuris7329
DERECHO PENAL. ACUSACIÓN POR LOS DELITOS DE ADMINISTRACIÓN FRAUDULENTA Y FALSEDAD MATERIAL DE INSTRUMENTO PÚBLICO. ABSOLUCIÓN POR EL PRINCIPIO “IN DUBIO PRO REO”. APLICACIÓN DEL BENEFICIO DE LA DUDA. ART 5 CPP. IMPOSIBILIDAD DE DESTRUIR EL ESTADO DE INOCENCIA QUE AMPARA A LA JUSTICIABLE. EXISTENCIA DE OTRAS HIPÓTESIS ACEPTABLES.
1. Se acusa a la encausada por los delitos de Administración Fraudulenta y Falsedad Material de Instrumento Público; ante la ausencia de elementos certeramente incriminantes en su contra y mas allá de no aparecer nada claro el proceder de la nombrada, no superada
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JJuris7328
EMERGENCIA ECONÓMICA. ORDEN PÚBLICO. INVALIDEZ DEL RECONOCIMIENTO DE DEUDA. PROPUESTA DE PAGO EN GRANOS. PAGOS A CUENTA. RECONOCIMIENTO DE DEUDA MÁS GRAVOSO QUE LA DEUDA ORIGINAL. ART 723, 724 CC. DEBE ESTARSE AL TÍTULO PRIMORDIAL. INEXISTENCIA DE NOVACIÓN. INTENCIÓN DE LAS PARTES DE EXTINGUIR LA OBLIGACIÓN PRIMIGENIA. CLARIDAD. LA NOVACIÓN ES UN MODO DE EXTINCIÓN DE LAS OBLIGACIONES. FINALIDAD DEL RECONOCIMIENTO: SUSTRAERSE DE LOS EFECTOS DE LA APLICACIÓN DE LA LEY DE EMERGENCIA.
1. Corresponderá acoger los agravios de la actora en cuanto peticiona la invalidez del reconocimiento de deuda en dólares que el a-quo declaró válido. También corresponderá acoger parcialmente los agravios de la demandada en cuanto pretende la validez de la parte del convenio de fecha
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JJuris7327
CONTRATO DE TRABAJO. ACCIDENTES DE TRABAJO. LUMBALGIA. PRUEBA DEL ACCIDENTE LABORAL. AUSENCIA DE TESTIGOS. PRUEBA APORTADA POR LA EMPLEADORA. ORGANIZACIÓN MÉDICA. DOLENCIA COINCIDENTE CON LA MECÁNICA DEL ACCIDENTE. TASA DE INTERÉS APLICABLE AL CRÉDITO DEL TRABAJADOR. APLICACIÓN DEL MISMO CRITERIO QUE FIGURA EN EL ACUERDO 122/06. TASA PROMEDIO MENSUAL SUMADA ENTRE ACTIVA Y PASIVA DEL BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA. PARA LAS OPERACIONES DE PRÉSTAMO. DESDE EL 2005 EN ADELANTE. PROMEDIO MENSUAL DE LA TASA ACTIVA SUMADA CON CAPITALIZACIÓN MENSUAL DESDE LA APROBACIÓN DE LA PLANILLA DEL ART 122 CPL.
1. Si tenemos en cuenta que la organización médica fue contratada por la empleadora para el control de ausentismo de sus dependientes y para prestarles servicios médicos de orden general, que éstos eran derivados a la organización por la propia empresa ante cualquier infortunio en su salud y que
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JJuris7326
DERECHO DEL TRABAJO. CONTRATO DE TRABAJO. EMPLEO DOMÉSTICO. DECRETO LEY 326/56. EXCLUSIÓN DE LA APLICACIÓN DE LA LCT. FALTA DE ACREDITACIÓN DE LOS REQUISITOS MÍNIMOS ESTATUTARIOS. EXCLUSIÓN DE LA PROTECCIÓN. PRESTACIÓN DE SERVICIOS MENOS DE CUATRO DÍAS A LA SEMANA O MENOS DE CUATRO HORAS POR DÍA. INAPLICABILIDAD DE LA PRESUNCIÓN DEL ART 23 LCT.
1. Corresponde desestimar los recursos de nulidad, rechazar el recurso de apelación y confirmar la sentencia apelada en cuanto a que si bien hoy no se discute en nuestro país que la relación de empleo doméstico pertenece al ámbito del derecho del trabajo, también es cierto que
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JJuris7325
RENDICIÓN DE CUENTAS. REQUISITOS DEL ESCRITO DE RENDICIÓN DE CUENTAS. INCUMPLIMIENTO. DOCUMENTADA. CLARA. EXPLICATIVA. CIRCUNSTANCIADA. EXPRESIÓN DE AGRAVIOS. ART 365 CPCC. CRÍTICA RAZONADA. ARGUMENTOS CLAROS. RUBRO MANTENIMIENTO DEL NICHO. APLICACIÓN DEL CRITERIO DEL ART 529 CPCC. CANCELACIÓN DE LOS PERÍODOS ANTERIORES.
1. Para dar por cumplida la carga procesal de expresar agravios contenida en el artículo 365 del Código Procesal, es menester que el apelante presente una crítica razonada que refute seriamente los puntos de la sentencia en los cuales el a quo basó su pronunciamiento, ...
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JJuris7324
DERECHO DEL TRABAJO. ART 1113 CC. RELACIÓN DE CAUSALIDAD. EPE. CONTRATISTAS. ACCIDENTE DE UN TRABAJADOR DEPENDIENTE DE LA CONTRATISTA. ACCIDENTE POR CONEXIÓN DE LOS CABLES DE TENSIÓN ELÉCTRICA. MUERTE. DOLENCIA PROLONGADA. DELEGACIÓN DE LA EPE. COSA RIESGOSA: ENERGÍA ELÉCTRICA. RESPONSABILIDAD DE LA EPE Y EMPRESA CONTRATISTA. CARÁCTER IURE HEREDITATIS DE LOS COMPARECIENTES. IMPOSIBILIDAD JUDICIAL DE SUPLIR LA OMISIÓN. ASISTENCIA ININTERRUMPIDA DEL ACCIDENTADO. FALTA DE ACREDITACIÓN DE LOS GASTOS EFECTUADOS. DOLOR PROLONGADO POR TRES AÑOS. ELEVACIÓN DEL MONTO OTORGADO EN CONCEPTO DE INDEMNIZACIÓN DE DAÑO MORAL. SALARIO. RESPETO DE LOS MÍNIMOS ESTABLECIDOS EN EL CCT. CATEGORÍA DE MEDIO OFICIAL. CATEGORÍA REGISTRADA CON ANTERIORIDAD AL ACCIDENTE.
1. Se considera acreditada la relación causal, con fundamento en el art. 1113 del C.C., entre “la actividad realizada al servicio de la EPE por sus contratistas y el daño ocurrido al actor” aludiendo al hecho de los dependientes por actuar
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JJuris7323
LOCACIÓN DE SERVICIOS. CONTRATO. OBLIGACIÓN DE MEDIOS. PAGO DE REMUNERACIÓN. ÚNICA RELACIÓN CONTRACTUAL. SERVICIOS DE JARDINERÍA. SERVICIO PRESTADO EN DIFERENTES LUGARES. SUSPENSIÓN DE LAS TAREAS. INDEMNIZACIÓN. PREAVISO. PRINCIPIO DE BUENA FE. ART 1198 CC. UN MES POR CADA AÑO QUE DURÓ EL CONTRATO. PARÁMETRO PARA FIJAR LA INDEMNIZACIÓN. ÚLTIMO MES COMPLETO FACTURADO. IMPROCEDENCIA DEL DAÑO MORAL.
1. El contrato de locación de servicios es una convención por la cual una de las partes: persona individual, llamada el locador de los servicios, se compromete a prestar durante un tiempo determinado no superior a cinco años, o indeterminado, su propia fuerza –intelectual o
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JJuris7322
RECURSO DE APELACIÓN. ART 346 CPCC. IMPROCEDENCIA DEL RECURSO. CRÍTICA INJUSTIFICADA. CUESTIONES PROCEDIMENTALES. RECURSO DIRECTO.
1. No existe razón para reenviar la solución de la cuestión nuevamente a la instancia de origen toda vez que los elementos acompañados con el recurso directo convencen que la crítica de la parte apelante no es justificada en orden la
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JJuris7321
Daños y perjuicios. Víctima menor de edad. Quemaduras. Condena a un hotel de la ciudad de San Carlos de Bariloche, provincia de Río Negro, a indemnizar a los padres de una menor que sufrió quemaduras en el veinte por ciento de su cuerpo a raíz de la sorpresiva salida de un chorro de agua a temperatura muy elevada, en momentos en que su madre la higienizaba en el lavatorio del baño de la habitación en la que se encontraban hospedados. El hecho ocurrió el 28 de julio de 2002, y la menor contaba en ese momento con 13 meses de edad.
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