Miércoles, 09 de Agosto de 2000
Si bien todo lo relativo a la nulidad de subasta debe ponderarse con criterio estricto, corresponde tal declaración si el precio irrisorio obtenido en la subasta ha causado un grave perjuicio y obedece a que la martillera no ha efectuado una adecuada publicidad del inmueble, habiéndose admitido
ver completo