Lunes, 14 de Diciembre de 2015
Se hace lugar al recurso interpuesto, y por consiguiente se revoca parcialmente la resolución alzada en cuanto rechazó la modificación del nombre.
Sumarios:
El artículo 69 del C.C.C.N. reformula lo que era el artículo 15 de la Ley 18.248 de Nombre de las Personas Naturales, conservando
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