Miércoles, 25 de Febrero de 1998
(1) La reivindicación compete aún contra el actual poseedor, aunque de buena fe, que la hubiese de un enajenante de buena fe, si la hubo por título gratuito y el enajenante estaba obligado a restituirla al reivindicante (Art. 2778 del Cód. Civil)
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