Miércoles, 22 de Junio de 2011
La queja de la parte agraviada presentada ante la Cámara por habérsele negado el recurso de apelación, es habilitada el art. 282 CPCCN. El mismo establece un plazo de 5 (cinco) días para tal interposición, lo cual se complementa con la disposición general del art. 498 del código de
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