Jueves, 01 de Enero de 2009
Debemos aclarar inicialmente, que la instancia abierta con el incidente de impugnación del art. 50 LC, es susceptible de caducar, pues se trata de un trámite contingente, sin el cual el concurso puede llegar a su conclusión normal.
Se ha dicho que en materia concursal pueden perimir: “…c)
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