Lunes, 25 de Agosto de 2008
Ante la falta de contestación de la demanda, encontrándose debidamente notificados los demandados, la falta de aporte de prueba alguna por parte de los mismos, y al contrario la documental presentada por la actora, se acredita en autos las afirmaciones efectuadas por la accionante en su escrito
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