jurisprudencia

JJuris38
CONCURSOS. CONCURSO PREVENTIVO. Desistimiento declarado por la no presentación de la constancias de resolución societaria de continuación del trámite concursal. Caso en que la ratificación asamblearia es innecesaria

La presentación en concurso preventivo por el representante legal de la sociedad debe ser ratificada por la mayoría societaria necesaria para resolver asuntos ordinarios. La trascendencia que tiene esa declaración de voluntad de proseguir los trámites, obliga a ser exigentes en los aspectos formales necesarios para dejarla justificada. Se debe

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JJuris37
COMPETENCIA. Originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación cuando una provincia es parte

Encontrándose en juego la competencia originaria de la Corte Suprema, que ha sido invocada por la Provincia de Buenos Aires, la cual constituye una prerrogativa constitucional y de orden público, asignada exclusivamente a las provincias y solo prorrogable por ellas a favor de

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JJuris36
BIEN DE FAMILIA. Afectación. Subsistencia en caso de concurso o quiebra.

Si la inscripción del bien de familia no cae dentro del período de sospecha y no todos los acreedores que tienen créditos posteriores a la inscripción ostentan créditos que por la naturaleza o causa de la obligación pueden ejecutarse compulsivamente sobre el bien de familia, la solución

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JJuris35
BIEN DE FAMILIA. Deuda contraída mediante pagarés

El artículo 38 de la ley 14.394 no habla de deudas exigibles o vencidas, sino que la inembargabilidad allí establecida, sólo afecta a las deudas posteriores a la inscripción del bien de familia, y no a las anteriores, sin distinción alguna, es decir, comprendiendo las deudas contraídas

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JJuris34
APORTES PROFESIONALES. Eximición. Patrocinantes o apoderados del afiliado

Al referirse la excepción (art. 30, inc. b, de la ley 6930), a los honorarios devengados por los apoderados o patrocinantes de un afiliado en causa propia de éste, siempre que deban ser abonados por él mismo, ésta última circunstancia permite entender que

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JJuris33
ALIMENTOS. Convenio alimentario. Incumplimiento. Fuerza ejecutoria del convenio homologado. Cuestión de orden público al pactarse alimentos para un menor. DOCTRINA DE LOS ACTOS PROPIOS. Improcedencia de la alegación de inexistencia del acuerdo

Las partes nada acordaron en el juicio de divorcio. Posteriormente solicitaron la homologación del convenio al que arribaron en los autos iniciados de modo incidental relativos a exclusión y reintegro del hogar conyugal. Allí se acuerda no solamente sobre la temática convocante -retiro del hogar conyugal del

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JJuris32
ACCION DE AMPARO. Medidas cautelares. Cautelar innovativa. Facultades propias del municipio

La medida cautelar solicitada y despachada, es una medida cautelar innovativa pues no admite el congelamiento de la situación existente sino que dispone una modificación en esa situación en una suerte de anticipo provisional de la sentencia. Se da aquí además contra actuaciones de orden

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JJuris30
DISPENSA AL DEBER DE CONVIVENCIA (Art. 199 C. Civil). Medidas protectorias urgentes

*La acción por dispensa del deber de convivencia contemplada por el art. 199 del C.C. requiere para su procedencia de acreditación de los extremos de hecho contemplados en el primer párrafo última parte, cuando dice que la convivencia podrá ser relevada como deber cuando

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JJuris29
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCION PENAL. Tratamiento en Recurso Extraordinario. Cuestión federal bastante al debatirse el alcance que cabe asignar a la garantía a obtener un pronunciamiento judicial sin dilaciones indebidas derivada del art. 18 de la Constitución Nacional y de tratados internacionales referidos en ella

*El recurrente introdujo la excepción de prescripción de la acción alegando que había transcurrido el tiempo correspondiente al máximo de la pena previsto para el delito de defraudación por administración fraudulenta, por el que la fiscalía acusara a su defendido. En primera instancia se rechazó

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JJuris28
PRESCRIPCIÓN. Tributos. Supremacía de la disposición del art. 4027 del C. Civil por sobre las normativas provinciales y municipales en materia. Inconstitucionalidad de las normas locales que se oponen a la legislación de fondo.

*Las legislaciones provinciales que reglamentaban la prescripción en forma contraria a lo dispuesto en el Código Civil son inválidas, pues las provincias carecen de facultades para establecer normas que importen apartarse de la aludida legislación de fondo, incluso cuando se trata de regulaciones concernientes a materias de derecho público ...

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