Lunes, 23 de Mayo de 2011
Corresponde rechazar la queja interpuesta puesto que las cuestiones relativas a honorarios son, como regla, insusceptibles de revisión mediante la vía extraordinaria del recurso de inconstitucionalidad y de tal modo, de acuerdo a nutrida jurisprudencia de la Corte nacional, los aspectos referentes a los honorarios regulados en las
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