jurisprudencia

JJuris7396
Responsabilidad médica. Historia clínica. DAÑO MORAL. Estimación.

La Historia Clínica implica que por lo general es de tracto sucesivo, si bien es cierto que el contrato de prestaciones médicas es de forma libre, el desarrollo de la vida de dicho contrato se refleja en ese documento que se va completando desde el inicio

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JJuris7395
CONTRATO DE TRABAJO. Relación laboral. Intermediario.

La palabra intermediario en el derecho del trabajo se refiere a quien se halla colocado entre un empleador y uno o varios trabajadores. El intermediario no es personero de ninguna de las dos partes, porque, de serlo, no habría propiamente intermediación, sino que su personería quedaría subsumida en

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JJuris7394
RESPONSABILIDAD CIVIL. REPARACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS. PREJUDICIALIDAD. INEXISTENCIA DEL IMPEDIMENTO DEL ART 1101 CC. FACULTAD DEL JUEZ CIVIL DE EVALUAR SOBRE EL ILÍCITO A LOS FINES DE LA REPARACIÓN DEL DAÑO. RESOLUCIONES DONDE EL JUEZ PENAL NO SE PRONUNCIÓ SOBRE LOS DISTINTOS ELEMENTOS DEL DELITO. ART 35 INC B ORDENANZA 6543 Y ART 39 INC B LEY 24449. OBLIGACIÓN DE LOS CONDUCTORES. ACCIDENTE DE TRÁNSITO. IMPACTO TRASERO SOBRE UNA BICICLETA. CONDUCTA SIN CUIDADO NI PREVENCIÓN. ART 902 CC. CONDUCTOR PROFESIONAL. TRANSPORTE ESCOLAR. FACTOR DE ATRIBUCIÓN OBJETIVO Y SUBJETIVO. ART 1113 CC. CITACIÓN EN GARANTÍA. ART 118 LEY 17418. INDEMNIZACIÓN INTEGRAL. IMPOSIBILIDAD DE RESTITUTIO IN NATURA. ART 1083 CC. POTENCIALIDADES COMO SER HUMANO. DAÑO MORAL. PRETENSIONES OBJETIVAS Y SUBJETIVAS. GASTOS MÉDICOS Y COLATERALES. GASTOS NO PREVISTOS. GASTOS DE MOVILIDAD, FARMACÉUTICOS. TERCEROS QUE CUIDAN A LA VÍCTIMA. ART 901 CC IMPACTO PSICOLÓGICO DE LA FAMILIA PRODUCTO DEL ACCIDENTE. TRATAMIENTO PSICOTERAPÉUTICO. INTERESES DESDE LA FECHA DEL HECHO. FINALIDAD. MORA DESDE EL EVENTO DAÑOSO. INTERESES. PROMEDIO ENTRE LA TASA ACTIVA Y PASIVA SUMADA.

1. Este Tribunal Colegiado ha resuelto reiteradamente, siguiendo doctrina y jurisprudencia mayoritaria que ante resoluciones que impiden promover la acción penal o continuarla, donde no ha mediado pronunciamiento del Juez Penal sobre los distintos elementos del delito, corresponde al Juez Civil evaluar y pronunciarse sobre el ilícito

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JJuris7393
Accidentes de trabajo. Inconstitucionalidad de la ley. Invalidez del contrato de renta vitalicia.

Considera inválido el contrato de renta vitalicia suscripto por el actor toda vez que entiende, es consecuencia de una norma legal inválida en razón de la declaración de inconstitucionalidad del Art. 14 ap. 2 inc. b) de la Ley 24.557.

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JJuris7392
Contrato de trabajo. Despido. Subcontratación laboral. Responsabilidad solidaria. Atención telefónica.

Considera que tanto en una entidad bancaria como en una compañía de seguros, la atención telefónica a los fines de promocionar sus respectivos productos a potenciales clientes no puede ser entendida como ajena a la actividad específica propia de ambas, sino que "complementa o completa su

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JJuris7390
CONCURSOS Y QUIEBRAS. CESACIÓN DE PAGOS. INDICIOS. PUNTO DE ARRANQUE DE LA IMPOTENCIA PATRIMONIAL DEL FALLIDO. VENTA DE INMUEBLE. ART 79 INC 5 LCQ. IMPOSIBILIDAD DE AFRONTAR LOS COMPROMISOS PATRIMONIALES. DESEQUILIBRIO PATRIMONIAL DEL DEUDOR. INICIO DEL ESTADO DE CESACIÓN DE PAGOS.

1. Las críticas que pretenden cuestionar el pronunciamiento anterior atribuyéndole ausencia de pruebas que justifiquen la determinación de la fecha de cesación de pagos (agravios primero y tercero) no resultan atendibles, toda vez que el fallo destacó que ante la falta de pruebas concretas sobre el

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JJuris7383
HONORARIOS DEL ABOGADO. HONORARIOS PROFESIONALES. LABOR PROFESIONAL AUTÓNOMA. DETERMINACIÓN SIN CONDICIONAMIENTO A LAS RESULTAS DEL PROCESO. INCIDENTES O SUBINCIDENTES. APLICACIÓN DEL CRITERIO DE LA REGULACIÓN INCIDENTAL. POSIBILIDAD DE AFECTACIÓN DE DERECHOS SUSTANCIALES DE LAS PARTES. ART 16 LEY 6767.

1. En cuanto a la crítica sobre la regulación de honorarios, la labor profesional cumplida se consumó en forma autónoma, por lo que merece la determinación del estipendio sin estar condicionada a las resultas del proceso. 2. En lo que respecta a la

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JJuris7381
RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD. IMPROCEDENCIA. AUSENCIA DE RESERVA CONSTITUCIONAL. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD. LEY 7055. INEXISTENCIA DE ARBITRARIEDAD. MERA DISCREPANCIA CON LA VALORACIÓN PROBATORIA REALIZADA. INSTANCIA EXTRAORDINARIA INADMISIBLE.

1. Corresponde declarar inadmisible el recurso de Inconstitucionalidad interpuesto; en tanto la ausencia absoluta de reserva constitucional no puede soslayarse, faltando por tanto uno de los requisitos de admisibilidad establecidos por la Ley Prov. 7055; tampoco se advierte que concurra alguna de

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JJuris7380
MEDIDAS CAUTELARES. Tasa. Alimentos.

Corresponde decretar la medida cautelar pedida y ordenar a la Provincia de Mendoza que se abstenga de exigir el pago de la "tasa retributiva por derecho de servicio de inspección" en los términos previstos en la ley 6.959 de la provincia (modificada por la

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JJuris7379
DIVORCIO. Reconvención. Invocación de causales.

Se ha dicho que el actor, sobre la reconventio reconventionis, al iniciar la demanda, puede optar por hacerlo sólo invocando la separación de hecho y mantener la causal dentro de los límites puramente objetivos, o bien hacer uso del derecho que le confiere

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JJuris7378
DELITO. Cuerpo del delito. Consideraciones.

Es evidente que si el autor del hecho incriminado procura su impunidad ejercitando un conjunto de operaciones encaminadas a eliminar voluntariamente el "corpus criminis"; la inexistencia del cadáver no invalida la indubitable existencia del resto del acervo probatorio que dan basal certidumbre del "corpus delicti". El

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JJuris7377
CONTRATOS. Interpretación. JUICIO EJECUTIVO. Sentencia. Carácter. Acumulación al Ordinario.

Del análisis de sus cláusulas se desprende que los accionados convinieron y los deudores renunciaron, de manera expresa, a articular cualquier otro tipo de defensa que no sea la de pago documentado; siendo este convenio perfectamente válido en materia de ejecución hipotecaria. Este tipo de

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JJuris7376
FALTAS. Garantías constitucionales. In dubio pro reo. COMPETENCIA. Justicia penal de faltas. Deber de fallar de los jueces.

La norma del artículo 89 únicamente sanciona al ebrio que molesta a otro. Por ello, he de aplicar el principio in dubio pro reo, absolviéndolo de culpa y cargo por la contravención. La ebriedad per se no configura la infracción al artículo 89 del Código de Faltas. En el lugar donde ocurrieron ...

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JJuris7375
ACCIDENTES DE AUTOMOTORES. Responsabilidad del embistente.

No detener normalmente el vehículo ante la interferencia de otro permite suponer, en principio, que su conductor guiaba o bien desatento o con exceso de velocidad lo que importa culpa de su parte. El embestimiento denota la imposibilidad del colisionante Si el demandado hubiera tenido

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JJuris7374
ACCIDENTE DE AUTOMOTORES. Culpa de la víctima. Nexo de causalidad. DAÑO MORAL. Muerte del hijo. Extensión del resarcimiento.

Para cortar el nexo de causalidad entre la actividad y el perjuicio a que alude la última parte del artículo 1113 del Código Civil, las características de la culpa de la propia victima, debe aparecer como la única causa del daño, para romper totalmente el nexo aludido, y revestir ...

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JJuris7373
ACCIDENTE DE AUTOMOTORES. Culpa de la víctima. Nexo de causalidad. DAÑO MORAL. Muerte del hijo. Extensión del resarcimiento.

Para cortar el nexo de causalidad entre la actividad y el perjuicio a que alude la última parte del artículo 1113 del Código Civil, las características de la culpa de la propia victima, debe aparecer como la única causa del daño, para romper totalmente el

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JJuris7372
ACCIDENTE DE AUTOMOTORES. Culpa de la víctima. Nexo de causalidad. DAÑO MORAL. Muerte del hijo. Extensión del resarcimiento.

Para cortar el nexo de causalidad entre la actividad y el perjuicio a que alude la última parte del artículo 1113 del Código Civil, las características de la culpa de la propia victima, debe aparecer como la única causa del daño, para romper

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JJuris7371
MÉDICOS. Obligaciones. Obligación de medios. Ley 17.132. Prohibición de prometer un resultado. Culpa de los médicos. Reglas generales. Aplicación el artículo 512 del CC. Conducta culposa. Culpa por omisión. Aplicación del art 1074 del CC. Diagnóstico. Responsabilidad por culpa. Daños. Vida humana. Pérdida de la vida humana. Valoración de la vida humana.

La obligación asumida por el facultativo frente al paciente reviste el carácter de una obligación de medios. No se trata entonces de medios cualquiera, sino de los adecuados, partiendo de un conocimiento científico amplio y actualizado, prestando una atención diligente, cuidadosa y previsora, acorde con el estado de evolución de

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JJuris7370
CONTRATO DE TRABAJO. Plazo. Determinación. Jornada de trabajo. Prueba.

En autos, la demandada admitió no sólo la prestación de servicios del actor para Tutto Porky's, sino incluso la relación laboral o de dependencia, tras lo cual incumbía a la patronal la demostración de que el contrato de trabajo no

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JJuris7368
CONTRATO DE TRABAJO. ORGANIZACIÓN INMERSA DENTRO DE LO NORMADO POR EL ART 5 LCT. TESTIGOS MIEMBROS DE LA LIGA DE FÚTBOL. PRESUNCIÓN DEL ART 23 LCT. TACHA DE TESTIGOS. ALEGATOS. LIBR. ART 52 LCT. FALTA DE EXHIBICIÓN. APLICACIÓN DE LA PRESUNCIÓN DEL ART 55 LCT. FUNCIONES DEL PERITO. AUXILIAR TÉCNICO. AUSENCIA DE FUERZA VINCULANTE DE SU DICTAMEN.

1. No incumbe a la ley laboral en su posibilidad contractual, diferenciar que la potencial empleadora sea una asociación civil sin fines de lucro, y no una empresa de tipo comercial, por cuanto el derecho del trabajo es uno sólo, y la demandada cuenta con

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JJuris7367
CONTRATO DE TRABAJO. SOLIDARIDAD DEL DERECHO LABORAL. APLICACIÓN DEL PRINCIPIO IN DUBIO PRO OPERARIO. MUCAMA O NIÑERA. EMPLEADOR MÚLTIPLE. ART 26 LCT. LITISCONSORCIO PASIVO VOLUNTARIO. OPCIÓN DEL ACTOR CONTRA QUIEN DIRIGIR LA ACCIÓN. ART 9 LCT. APLICACIÓN DE LA NORMA MÁS FAVORABLE AL TRABAJADOR. PRESUPUESTOS EXIGIDOS POR EL ART 50 CPL. SE TIENEN POR RECONOCIDOS LOS HECHOS ARTICULADOS POR EL ACTOR EN LA DEMANDA.

1. La “no presunción de la solidaridad” del Código Civil en modo alguno puede trasladarse al Derecho Laboral, toda vez que los fundamentos de dicho axioma deben buscarse en torno al principio del favor debitoris, (orientado a no agravar en demasía la situación de los obligados mancomunadamente) cuya aplicación en ...

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