Miércoles, 19 de Septiembre de 2007
Nadie puede demostrar con sus solas declaraciones la veracidad de sus articulaciones anteriores.
La invocación de una supuesta adquisición de la posesión del inmueble “animus domini” no resulta atendible en tales términos, no siendo serio considerar tal extremo contra las pretensiones de desalojo de la actora, ante la
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