Martes, 27 de Julio de 2010
Aunque la pericia no reviste el carácter de una prueba legal, la facultad de los jueces de apreciar la misma no puede ejercerse con arbitrariedad, de manera que para apartarse de sus conclusiones, es necesario invocar razones fundadas, que deben descansar en elementos de juicio suficientemente objetivos como para desvirtuarla. ...
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